El pasado sábado día 2 de Abril se ha publicado en BOCAIB la Ley 2/2016 de 30 de Marzo del Impuesto sobre estancias turísticas en las Islas Baleares y de medidas de impulso del turismo sostenible.
Esta Ley entró en vigor al día siguiente, es decir el 3 de abril si bien el devengo del impuesto resulta exigible a partir del 1 de julio del 2016.
El impuesto resulta aplicable a las estancias turísticas en hoteles y otros establecimientos turísticos y de forma específica a las estancias en viviendas vacacionales regladas, es decir con licencia turística pero también a las estancias en viviendas vacacionales no regladas como son las que se desarrollan en vivienda- apartamentos en edificios plurifamiliares que no pueden tener licencia turística, al prohibirlo la Ley turística.
La tarifa diaria aplicable a cada uno de los usuarios del establecimiento en función del establecimiento y la temporada del año varía entre 0’25 y 2 Euros.
Finalmente merece destacarse que de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda se prevé que antes de 3 de septiembre el Gobierno se compromete a remitir al Parlamento un Proyecto de Ley a fin de regular la oferta turística no reglada con la finalidad de que dicha oferta pueda devenir una oferta legal.
Estamos muy contentos con todos los aspectos del trabajo realizado para nosotros.
2020-05-21
No se pueden hacer sugerencias para mejorar el servicio. Ha sido fantástico. Se ha hecho un gran trabajo y apreciamos su apoyo en algunos nuevos asuntos menores que han surgido tras la compraventa. Con mucho gusto vamos a recomendarles a conocidos nuestros ingleses.
2015-06-04
Muy contento con el servicio.
2015-02-13