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SEGURO DE EMBARCACIONES DE RECREO

El RD 607/1999 aprueba el Reglamento del Seguro de Responsabilidad Civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas. Con relación a este Real Decreto lo más importante es lo siguiente:

1.-¿A qué embarcaciones afecta y quién debe suscribir este seguro?

Afecta a las embarcaciones de recreo o deportivas y objetos flotantes destinados a la navegación de recreo o deportiva y motos acuáticas propulsadas a motor o sin siempre que superen los 6 metros. Y deberá solicitarlo el propietario (persona física o jurídica) de la embarcación o alguien que tenga interés en el aseguramiento y  el cual deberá explicar el concepto de que se trata.

2.- ¿Qué ocurre con los buques extranjeros?

Deberán asegurar la Responsabilidad Civil que puedan incurrir con motivo de la navegación o acreditar la existencia de un seguro con el alcance y condiciones que para los propietarios de embarcaciones españolas se prescriban en este reglamento.

3.- ¿Qué documentación acredita la vigencia del seguro?

El documento que deberá obrar a bordo es el justificante del pago de la prima siempre que conste: la entidad aseguradora, se identifique la embarcación, se mencione el período de cobertura y venga indicado que se trata de la cobertura del seguro obligatorio. Si es requerida por las autoridades y no se dispone de ella, el tomador tiene un plazo de 5 días hábiles para justificar la vigencia del seguro.

4.- ¿Qué debe cubrir el seguro y qué límites cuantitativos debe prever?

El seguro obligatorio cubrirá los riesgos de muerte o lesiones corporales a terceros; daños materiales a terceros; pérdidas económicas y daños a otras embarcaciones por colisión o sin  contacto. El seguro de responsabilidad Civil cubre frente a terceros la reparación de daños a personas hasta un límite de 120.202,421.-Euros por víctima con un límite máximo de 240.404,842.-Euros por siniestro, y los daños materiales y pérdidas económicas hasta un límite de 96.161,937.-Euros por siniestro.

Escrito por Xavier Jaume Mascarós, Departamento Marítimo, Náutico y Seguros.

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