cerrar

EnglishEnglish

EspañolEspañol

DeutchDeutsch

FrançaisFrançais

NederlandsNederlands

CatalàCatalà

wassap

Contacte

Calendari

Cita

AIRBNB pide a la Unión Europea una normativa común para el alquiler turístico

Hace unos días se publicó en los medios de comunicación que AIRBNB ha solicitado a la Comisión Europea una normativa común sobre alquiler turístico de corta duración, a través de su vicepresidente senior de Políticas Públicas y Comunicación, Chris Lehane.

 

Lehane ha mandado una carta abierta destinada a dirigentes y miembros de la UE en la que ha recordado que el momento actual supone “una gran oportunidad” para que la recuperación de los viajes sea “segura, sostenible y beneficiosa” para la población.

 

Además, el directivo ha valorado el anuncio de la Comisión Europea de realizar una consulta prevista para finales de este mes sobre la creación de una normativa específica para los alquileres de corta duración.

 

Desde la óptica del Derecho se plantean varios obstáculos a esta iniciativa de la Unión Europea; el primero afecta a la falta de competencia legislativa de la Unión Europea en materia de Turismo, ya que la política turística no es una política común sino una política de cooperación a través de instrumentos normativos no obligatorios para los Estados miembros. Es verdad que se podría reconducir la actuación de la UE a través de la política de mercado interior, en cuyo seno sería posible aprobar directivas que serían obligatorias para los Estados miembros.

 

En segundo lugar, la realidad del Derecho turístico de las Comunidades Autónomas, que son las que tienen competencias en materia de ordenación turística a través de los correspondientes  estatutos de Autonomía, en relación al alquiler vacacional con absoluta heterogeneidad: cada Comunidad Autónoma tiene su Ley turística en la que se regula esta modalidad de alojamiento, y por tanto sus requisitos son distintos; precisamente la doctrina española ha abogado por una  normativa  estatal que estableciera los condiciones mínimas sin perjuicio de las particularidades de cada autonomía, pero hasta el día de hoy no ha sido posible.

 

Por tanto, a modo de conclusión, plantearse esta actuación normativa a nivel de la UE parece una empresa de titanes, por no decir una entelequia que está abocada al fracaso. Pero será el tiempo quien finalmente nos dirá si estamos en lo cierto o nos equivocamos.

 

Illeslex Abogados
Javier Blas

 

 

 

Para obtener información adicional sobre el contenido de este documento puede dirigirse a ILLESLEX en info@illeslex.com

 

©2020 ILLESLEX  |  Todos los derechos reservados.  |  Este documento es una recopilación de información jurídica elaborado por ILLESLEX. La información o comentarios que se incluyen en él no constituyen asesoramiento jurídico alguno. Los derechos de propiedad intelectual sobre este documento son titularidad de ILLESLEX. Queda prohibida la reproducción en cualquier medio así como la distribución, la cesión y cualquier otro tipo de utilización de este documento, ya sea en su totalidad, ya sea en forma extractada, sin la previa autorización de ILLESLEX.

 

Otros post que
pueden interesarte

Illeslex Abogados participa en el I Congreso Nacional de Derecho de la Empresa......

24-oct-2024 / ARTICULO

Illeslex Abogados participa en el I Congreso Nacional de Derecho de la Empresa......

Leer más >
¿El nuevo Real Decreto es una solución o un problema más......

21-oct-2024 / ARTICULO

¿El nuevo Real Decreto es una solución o un problema más......

Leer más >

Suscríbete a nuestra newsletter

Te mantenemos informado

Nos encontrarás en...