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Un nuevo impulso para el coliving

Procedente de Estados Unidos y Asia, el concepto de “coliving” es cada vez más popular en España, debido a sus múltiples ventajas. Una atracción creciente como consecuencia de los alojamientos de lujo, medios económicos insuficientes, la soledad que se siente al teletrabajar impuesto por la pandemia mundial. El “coliving” parece ser la mejor opción.

 

¿En qué consiste realmente?

El “coliving” es una nueva forma de vivir que se centra en la comunidad. Un híbrido entre un alojamiento, una residencia de estudiantes y un hotel que responde a una necesidad de alojamiento temporal considerada de media estancia (3-24 meses). Por consiguiente, el “coliving” consiste en alquilar una habitación y un baño dentro de un edificio que conta de otras partes comunes para que los inquilinos trabajen, disfruten y vivan juntos con todos los servicios incluidos en la renta. Por otro lado, es interesante hacer referencia a la figura del “cohousing”, en la cual un grupo de personas diseñan su casa a su medida compartiendo, de igual manera, los espacios y servicios comunes.

 

Diferencias del "coliving" y el "cohousing"

Este tipo de alojamiento es popular sobre todo entre los jóvenes y los nómadas digitales, lo que lo distingue del "cohousing", enfocado en España principalmente a personas de la tercera edad. Efectivamente, el uso de esta figura se ha visto incrementada entre en los jóvenes de 20 a 40 años en casi a un 40% en los últimos 10 años y esto, evidentemente, corresponde a una incapacidad de comprar una vivienda.

Actualmente en España, a diferencia de otros países de la Unión Europea, no existe una regulación específica, aunque el pasado lunes 24 de julio de 2023 el pleno del Ayuntamiento de Madrid aprobó la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. En primer lugar, esta modificación creará una nueva categoría para el “coliving”: la “residencia compartida”, donde los residentes no tendrán necesariamente que compartir vínculos (sociales, religiosos, etc).

Estas residencias podrán implantarse en edificios exclusivos y las unidades privativas estarán integradas por dormitorio y baño. Las superficies mínimas estipuladas son de 15 metros cuadrados para uso individual y de 10 metros cuadrados por persona cuando se comparte. Además, la normativa regulará también la vivienda de “cohousing”. En efecto, la superficie mínima de la vivienda en este caso será de 30 metros cuadrados compensado el resto, hasta los 40 metros cuadrados con la zona comunitarias.

 

¿Qué podemos esperar de esta nueva normativa?

El objetivo es ofrecer una mayor seguridad jurídica, lo que a su vez atraerá a muchos más nuevos inversores y capital extranjero.

Para finalizar, aún queda un largo recorrido ya que el texto se remitirá a la Comunidad de Madrid para que el Consejo de Gobierno lo apruebe en un plazo de cuatro meses. Eso permitiría dar un verdadero impulso a este tipo de alojamiento emergente, que es muy ventajoso para muchas personas que quieren encontrar un alojamiento, y al mismo tiempo atraer ventajas económicas como inversiones de capital extranjero para la cuidad.

 

Paula Sureda

 

 

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